La amnistía como (nueva) causa de extinción de la responsabilidad penal: aspectos problemáticos de la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio
DOI:
https://doi.org/10.36151/RP.55.10Palabras clave:
amnistía, constitucionalidad, política criminal, técnica legislativa, aplicación judicialResumen
en el año 2024, el Código Penal español alumbró una (nueva) causa de extinción de la responsabilidad penal (la amnistía). La aprobación de dicha Ley Orgánica supuso un acontecimiento, a nivel jurídico, histórico (debido a su magnitud y contexto en el que se produjo). Si bien la Ley no se centra únicamente en el ámbito de la responsabilidad penal, cabe decir que la mayor parte de su contenido recae sobre esta materia. Es por ello por lo que en la primera parte de este trabajo me ceñiré a examinar desde un plano más teórico el articulado de la ley desde una perspectiva constitucional, técnico-jurídica y político-criminal. Prestando también atención al procedimiento legislativo empleado para su promulgación. Mi posición, ya lo adelanto, es contraria a esta ley (aun con matices). Pero, insisto, no he realizado un comentario periodístico, ni he elaborado esta publicación con el fin de servir de propaganda de una determinada ideología (aunque esta amnistía, como el propio Derecho penal, esté cargada de ella). Lo que someto a juicio en esta contribución es la traducción jurídica de una determinada visión política que ha apostado (o se ha visto “obligada” por motivos electorales) a tratar de “dar una solución” a la situación que se vive en Cataluña desde hace unos años. En contraste, en la segunda parte de este texto analizaré los problemas que se suscitan en torno a la aplicación de la amnistía a los delitos de malversación y de terrorismo.
