Víctimas del terrorismo y su participación en la ejecución de la pena

Autores/as

  • CARMEN SALINERO ALONSO

DOI:

https://doi.org/10.36151/

Palabras clave:

víctimas del terrorismo, Estatuto de la víctima del delito, Derechos procesales de las víctimas de delitos, Participación de la víctima de terrorismo en la ejecución de la pena

Resumen

la aprobación de la Ley 29/2011 de reconocimiento y protección integral de las víctimas de terrorismo
perfila, muy por encima, los derechos procesales que asisten a este tipo de víctimas. Estos se encuentran plasmados y
desarrollados en la Ley 4/2015 de Estatuto de la Víctima del delito que, yendo mucho más lejos de lo establecido en la
Directiva 2012/29/UE de la que emana, establece el derecho de la víctima a la participación activa en el proceso penal,
aún sin haberse personado formalmente como parte. En el ámbito de la ejecución penal la víctima, no solo deberá ser
informada sobre las decisiones que supongan una progresión en el régimen del penado, sino que, además, podrá recurrir
determinadas resoluciones —autos— dictadas por la autoridad judicial competente a favor de esta progresión. Todo
ello, pone en entredicho los pilares en los que hasta ahora se ha basado nuestro sistema procesal penal y penitenciario,
y es un ejemplo más de la nueva orientación político criminal que, enmarcada en el populismo punitivo, ha sido el eje
conductor de las reformas penales de los últimos años.

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Publicado

09-07-2025

Número

Sección

Doctrina

Cómo citar

Víctimas del terrorismo y su participación en la ejecución de la pena. (2025). Revista Penal, 42, 180-202. https://doi.org/10.36151/