El conflicto entre vidas en Derecho penal

Autores/as

  • MARIO SÁNCHEZ DAFAUCE

DOI:

https://doi.org/10.36151/

Palabras clave:

exculpación, inexigibilidad de otra conducta, suicidio, justificación personal, ponderación entre vidas, masacre, comunidad de peligro

Resumen

se distinguen en este trabajo dos modelos de conflictos entre vidas. Ambos actúan como dos niveles en la
solución de un caso: solo si el primero falla se pasa al segundo. El primero es el estado de necesidad objetivo. Es obje-
tivo porque está basado en una ponderación favorable y porque esa ponderación permite la intervención justificada de
terceros ajenos al conflicto. Aquí se incluyen la comunidad de peligro y casos extremos como la evitación de masacres.
El segundo es el estado de necesidad subjetivo (personal). Es personal porque carece de una ponderación favorable y se
basa, exclusivamente, en la inexigibilidad de otra conducta.

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Publicado

09-07-2025

Número

Sección

Doctrina

Cómo citar

El conflicto entre vidas en Derecho penal. (2025). Revista Penal, 42, 203-220. https://doi.org/10.36151/