Reflexiones sobre la constitucionalidad del delito de detenciones ilegales o secuestros sin dar razón de la persona detenida
DOI:
https://doi.org/10.36151/Palabras clave:
Detenciones ilegales y secuestros, delitos de sospecha, condiciones objetivas de punibilidadResumen
El objetivo que tiene este trabajo se centra en analizar los argumentos esgrimidos en torno a la consideración del delito de detenciones ilegales o secuestro sin dar razón del paradero de la víctima como un delito de sospecha. La necesidad de prestar atención a esta cuestión se muestra, por un lado, en que las interpretaciones doctrinales y jurisprudenciales que han estimado que la regulación del mencionado delito era constitucional, no han contestado las objeciones planteadas a dicha postura con la entrada en vigor del Código penal de 1995. Por otro lado, el art. 166.1 del Código penal modificado por la LO 1/2015, de 30 de marzo, endurece la pena del delito de detención ilegal sin dar razón del paradero de la víctima y la equipara a la pena del delito de homicidio, de modo que se ponen otra vez en primer plano los interrogantes acerca de la constitucionalidad de este delito dado el reproche que plantea incorporar una —pretendida— sospecha ya sea de homicidio o asesinato, o ya sea de la desaparición de la persona detenida por no dar razón de su paradero.
