La protección de sistemas de información crítica y la Ley 53/07 de la República Dominicana sobre crímenes y delitos de alta tecnología
DOI:
https://doi.org/10.36151/Palabras clave:
Acceso Ilícito, Bienes jurídicos, Cibercriminalidad, Sistemas de información, Datos, Delitos de contenido, Delitos informáticos, Tutela penal, Tecnologías de la información y de la comunicación (TIC)Resumen
El impacto de las tecnologías de la información y de la comunicación en el desarrollo de la sociedad actual es innegable, transformándose en una preocupación común a nivel internacional la lucha contra la criminalidad informática. Se busca así proteger dentro de este entorno digital bienes jurídicos tradicionalmente tutelados, planteándose a su vez la cuestión de dilucidar si estamos frente al nacimiento de bienes jurídicos de nuevo cuño que merecen la atención del Derecho penal. En Europa la mayoría de los países han modificado su marco legal a fin de reforzar la protección de bienes jurídicos tradicionalmente tutelados, siendo el caso de Alemania, España e Italia, mientras en Estados Unidos de Norteamérica la respuesta ha sido más sectorial y focalizada en la protección de bienes jurídicos de corte patrimonial. En el contexto europeo, Francia afianza con la reforma legislativa de 2012 un modelo diferente, en el que no tan solo se modifican preceptos penales existentes sino que se crean nuevos tipos penales que viene a proteger los sistemas de tratamiento automatizado de datos. Este modelo había ya sido incorporado en la legislación de República Dominicana en 2007, pionera en la materia, donde, independientemente de la protección penal general, se introduce una ley de delitos y crímenes de alta tecnología en la que se busca tutelar, además de bienes jurídicos tradicionales, los sistemas de información y datos. Merece especial atención esta legislación, que si bien sigue los lineamientos del Convenio de cibercriminalidad de 2001, así como la Resolución AG/RES 2004 (XXXIV/O/04) de la Organización de Estados Americanos sobre la adopción de una estrategia interamericana integral de seguridad cibernética, introduce ciertos tipos penales que los desbordan buscando estructurar una capa de protección integral contra delitos realizados a través de la informática y contra la informática que podrían servir de ejemplo a otras legislaciones. En ella se reconoce la necesidad de proteger las herramientas que motorizan las interrelaciones y el funcionamiento de la Sociedad de la información en la Era digital.
