La convocatoria y celebración de referéndums y consultas ilegales: ¿delito?
Palabras clave:
referéndums, consultas populares, derecho de participación política, democracia no militante, delitoResumen
La LO 20/2003, de 23 de diciembre, tipificaba como delito la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum, careciendo manifiestamente de competencias o atribuciones para ello, junto con la participación en dicho proceso. Siendo derogada dicha reforma tan sólo dos años más tarde. Especialmente a raíz de los hechos acaecidos en Cataluña en 2014 y 2017 el debate sobre la conveniencia de incluir nuevamente tales delitos volvía a estar de actualidad. En el presente artículo se analiza desde un punto de vista político-criminal y técnico-jurídico la criminalización de la convocatoria y celebración de referéndums y consultas ilegales, concluyendo con una propuesta de lege ferenda en este sentido. Para ello se lleva también a cabo un examen de los principales medios con los que cuenta el ordenamiento vigente para responder frente a tales actos.