La responsabilidad penal del político corrupto. Contradicciones de la solución española a partir de las indicaciones de la Supreme Court of Justice de los Estados Unidos
Palabras clave:
corrupción política, cohecho, intercambio de favores políticos, quid pro quo, financiación de la política, lobbyingResumen
La sanción penal de la corrupción política es asunto ciertamente complejo. Si se entiende corrupción como soborno, se torna difícil distinguir con claridad el intercambio democrático de favores políticos o la búsqueda de votos o de financiación electoral a cambio de actos políticos de lo que son comportamientos penalmente relevantes. La Corte Suprema de los Estados Unidos ha tratado de trazar una separación, generando un encendido debate doctrinal alrede-dor de la misma. En España, en cambio, la aproximación «atrapatodos» del legislador sugiere que el problema no ha sido objeto de reflexión. La consecuencia ha sido una construcción jurisprudencial de un tipo de corrupción política que se caracteriza por la dureza con la que jueces y tribunales han tratado el asunto. El resultado genera problemas desde el punto de vista del principio de proporcionalidad que demandan una intervención legislativa: el derecho com-parado (Alemania, pero también Italia) marcan una senda que puede ser explorada también en España.