La interpretación del término “población civil” como elemento del tipo en el crimen contra la humanidad
DOI:
https://doi.org/10.36151/Palabras clave:
Crimen contra la humanidad, población civil, militar, crimen de guerra, tribunal penal internacionalResumen
El objeto de protección del crimen contra la humanidad se concretó, en su primera tipificación internacional, en la población civil. Esta limitación estuvo condicionada por los acontecimientos históricos y políticos anteriores a la aplicación del tipo penal en el Tribunal Militar Internacional de Núremberg. No obstante, esa limitación del objeto de protección sigue acompañando al tipo penal, a pesar de que el mismo pueda ser cometido en tiempos de paz. En este artículo se analiza si existe un fundamento político criminal para seguir manteniendo dicha limitación y se propone eliminar el término “población civil” del delito de lesa humanidad.
