El delito de tráfico ilegal de órganos humanos
DOI:
https://doi.org/10.36151/Palabras clave:
Interés protegido, obtención ilegal de órganos, trasplante, tráfico ilegal de órganos, publicidad, autoría y participación, consumación, concursosResumen
El trabajo se ocupa de delimitar el alcance del art. 156 bis, introducido al CP por la reforma operada por la LO 5/2010, relativo al tráfico ilegal de órganos. Punto de partida de esta tarea es precisar cuál sea el bien jurídico protegido en la norma, una cuestión que se presenta ciertamente compleja a la luz de los elementos típicos del delito. La presente contribución parte de que el interés protegido es el control estatal de los distintos actos relacionados con el trasplante, lo que implica, junto con otros intereses de alcance colectivo, la preservación de políticas públicas de salud. A partir de lo anterior, la presencia de elementos típicos relacionados con la vida o salud de los concretos afectados opera como un criterio de restricción del alcance del precepto.
