Violencia machista y circunstancia mixta de parentesco
Palabras clave:
parentesco, violencia machista, violencia de género, feminicidio, lesiones, coacciones, amenazas, delitos sexualesResumen
En los delitos de violencia contra la mujer con la que el autor mantiene una relación afectiva, el Tribunal Supremo español ha reconocido la posibilidad de aplicación cumulativa de las agravantes de parentesco y de discriminación por género, argumentándolo con el distinto fundamento de una y otra. Sin embargo, la regulación específica de la violencia machista con respecto a algunos delitos (lesiones, amenazas y coacciones) produce fricciones y desajustes con ambas agravantes genéricas. Para superarlas, se propone una reconsideración global de los factores de parentesco, género y convivencia doméstica en los delitos contra bienes personalísimos, con objeto de establecer cierta coherencia y seguridad jurídica, suprimiendo las regulaciones específicas, acotando el ámbito de aplicación de la agravante de discriminación en razón del sexo y ajustando la agravante de parentesco a lo prescrito en el Convenio de Estambul.