La regulación de la prisión permanente revisable a debate tras la última jurisprudencia del TEDH
DOI:
https://doi.org/10.36151/RP.54.12Palabras clave:
prisión permanente revisable, cadena perpetua, prisión indefinida, penas privativas de libertad, Sentencia del Tribunal Constitucional 169/2021, TEDH, Tribunal Europeo de Derechos HumanosResumen
El legislador español tomó como modelo la cadena perpetua del Derecho alemán para regular la prisión permanente revisable, pero amplió sustancialmente los plazos de revisión, que pueden alcanzar los 35 años. Sin embargo, la STC de 6 de octubre de 2021 la declaró constitucional. En cambio, la STEDH de 28 de octubre de 2021 estableció que en la prisión indefinida un plazo de revisión de 40 años infringe el artículo 3 CEDH. Además, la STEDH de 13 de junio de 2019 afirmó que exigir a los terroristas la colaboración con las autoridades para suspenderla es contrario a esa norma.