Responsabilidad penal del asesor jurídico
DOI:
https://doi.org/10.36151/Resumen
La posible responsabilidad penal del abogado puede producirse, por una parte, en actuaciones en perjuicio del cliente, especialmente en la revelación de secreto profesional y en los delitos de deslealtad profesional del abogado, pero también en el asesoramiento que induce a error, de tipo o de prohibición, al cliente, que objetivamente comete un delito por tal asesoramiento erróneo, en donde hay que examinar si hay en el asesor autoría o participación, de mala fe o en error. Por otra parte la cuestión se plantea asimismo en actuaciones favorables a un cliente que delinque conscientemente. Aquí en primer lugar aparece el asesoramiento y posible favorecimiento activo de una conducta delictiva del cliente, en el que hay que delimitar la participación punible de la conducta impune por ejercicio profesional legítimo y riesgo permitido o al menor por ser una conducta neutra o neutral. Y en segundo lugar se plantea si hay responsabilidad del abogado por omisión frente a la conducta delictiva del cliente, donde la respuesta es en principio negativa.
